Caso Loan: Procesaron a los siete detenidos por la desaparición del niño

Por otra parte, el excomisario Maciel fue declarado “penalmente responsable del delito de sustracción de un menor de 10 años”.

La Cámara Federal correntina ratificó el procesamiento y la prisión preventiva de los siete detenidos por la desaparición de Loan Danilo Peña, hace 10 meses.

Las hipótesis y sospechas que partieron de la investigación hablan de una presunta sustracción del niño en el paraje El Algarrobal, en 9 de Julio, Corrientes.

En este contexto, Bernardino Antonio Benítez, Laudelina Peña, María Victoria Caillava, el exmarino Carlos Guido Pérez, Mónica del Carmen Millapi, Daniel Oscar “Fierrito” Ramírez y el excomisario Walter Adrián Maciel posiblemente sean sometidos a juicio oral y público. Los siete esperarán ese proceso en prisión.

Por qué se complicó la situación de Maciel
Dentro de las novedades del caso, hay que destacar que los jueces revocaron parcialmente la imputación que pesaba sobre Caillava y del excomisario Walter Maciel.

A la exfuncionaria municipal se le quitó la figura de amenazas, mientras que al exjefe de la Comisaría de 9 de Julio, se le revocó la figura de “encubrimiento agravado por la gravedad del delito precedente y su calidad de funcionario público” y quedó señalado como “partícipe necesario del hecho”.

Esto significa que el excomisario fue declarado “penalmente responsable del delito de sustracción de un menor de 10 años”, es decir, la Justicia considera que tuvo “un rol esencial en la causa”.

La diferencia con la jueza Pozzer Penzo
La Resolución fue firmada por los tres jueces de la Cámara Federal: Selva Angélica Spessot, Ramón Luis González y Mirta Gladis Sotelo.

Los magistrados de la Cámara Federal se diferenciaron de la jueza Pozzer Penzo sobre la hipótesis principal de lo ocurrido. Por un lado advirtieron que hubo “eventuales contradicciones” de la jueza, pero dejaron en claro que ello “no forma parte del tipo penal atribuido, esto es, la sustracción de un menor de diez años”.

“No obstante, la hipótesis que la magistrada tiene por mayormente acreditada supone un acontecimiento con el que este Tribunal no coincide y merece cierta aclaración”, indicaron.

“El análisis del hecho y las pruebas obrantes en la causa no permiten arribar a la conclusión afirmada por la magistrada al señalar como aspecto crucial ‘la posibilidad de que el niño haya sido víctima de un hecho accidental con posteriores implicancias en la sustracción, ocultamiento y traslado -en condiciones o fines a determinarse- fuera del lugar del extravío (…)’”.

Hablan de que, en caso de haber existido un accidente, los imputados Carlos Guido Pérez y María Victoria Caillava “habrían intervenido en un hecho delictivo culposo, el cual -por su propia naturaleza- no admite coautoría”. Al mismo tiempo quedaría “necesariamente descartada la imputación respecto del comisario Walter Adrián Maciel, ya que no sería posible sostener que haya efectuado un aporte previo en un hecho que desconocía que iba a ocurrir (accidente y posterior sustracción del menor)”.

Fuente: Vía País

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