Freno al avance inmobiliario en Nordelta: La Justicia ordenó que el barrio se adecue al humedal

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín dejó sin efecto el levantamiento de la cautelar que había liberado el avance urbanístico en Nordelta. Los jueces Jorge Saúlquin y Luciano Enrici advirtieron que, sin límites, el ecosistema y las especies quedaban “indefensos ante daños irreversibles”. La resolución vuelve a cuestionar el modelo de expansión sobre humedales.

La abogada Nora Nouche, una de las titulares del pedido y representante de la Asociación Vecinal Ecodefensa Nuevo Delta, celebró la decisión judicial. La describió como un freno real al maltrato, después de años de cercos electrificados, golpes, atropellos, ahogamientos y envenenamientos encubiertos. También adelantó que van por más.

En la causa apuntan contra una red completa de actores: la Asociación Vecinal Nordelta S.A., desarrolladoras inmobiliarias, el Municipio, Parques Nacionales y la Secretaría de Turismo y Ambiente de la Nación. Para los demandantes, el problema no es un barrio sino una matriz urbanística que convirtió al humedal en un negocio.

Control y maltrato: qué hacía Nordelta con los carpinchos
La Cámara señaló que el barrio privado aplicó “métodos de control” sin sustento científico. Ordenó frenar la castración química con productos no autorizados y cualquier intervención experimental.

Solo se permitirán medidas sanitarias avaladas por la autoridad ambiental provincial, como vasectomías controladas, esterilizaciones bajo protocolo veterinario o vacunas reconocidas en expedientes oficiales. Nada de pruebas sobre fauna viva.

El fallo también prohíbe fumigaciones con agroquímicos que dañen la flora o la fauna del humedal. La única excepción es el uso sanitario por motivos de salud pública y bajo estándares estrictos. El carpincho es una especie protegida en la provincia, por lo que cualquier manejo debe priorizar su bienestar y el equilibrio ecológico.

Urbanismo versus humedal: el límite judicial
La resolución suspende toda obra que altere lagos, costas o vegetación nativa en áreas no consolidadas. Incluye rellenos de tierra, drenajes, muros de tablestacado y cualquier infraestructura diseñada para encerrar o desplazar animales.

Además, prohíbe nuevas etapas del desarrollo inmobiliario sin un Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo y sin participación ciudadana. La expansión no puede continuar como si el humedal fuera un terreno vacío.

La Cámara solo habilita intervenciones menores en lotes ya consolidados y corredores biológicos previstos en los planes provinciales, siempre con supervisión técnica. Lo demás queda prohibido.

La convivencia con la fauna no puede resolverse con vallas y cercos electrificados. Los carpinchos estaban antes. Nordelta deberá ajustarse a la ley y a la naturaleza del humedal que eligió ocupar.

Fuente: Página/12

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